Cambio de requisitos en el 2016
En 2016 ya no podrán tributar por módulos aquellos que obtengan rendimientos íntegros en el ejercicio 2015 en Actividades (comercio, hostelería,...) superiores a 150.000 €.
A estos efectos se computará la totalidad de las operaciones con independencia de que exista o no obligación de expedir factura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (Factura Simplificada).
Tampoco podrán tributar por módulos aquellos que alcancen un volumen de compras de 150.000 € anuales en el ejercicio 2015.
Consideraciones
Para los que tengan que cambiar el régimen de tributación al modo de estimación directa, como para los que sigan con el régimen de estimación objetiva (sistema de módulos), se les va a exigir, tras la reforma, la obligación de una contabilidad básica.
Balanzas Dibal con Modo Fiscal
Las balanzas DIBAL CS-1100, D-900 y Gama 500 (Wind, Mistral, Tornado y Star) ayudan a llevar la contabilidad básica, expidiendo tickets de venta, y guardando una copia de cada uno de los tickets impresos con la opción Modo Fiscal.
El Modo Fiscal permite imprimir un listado de los tickets y mantener los números consecutivos de los mismos a lo largo de todo el periodo fiscal.
Según el modelo de balanza, también sería posible guardar una copia del listado de tickets en la memoria interna y/o en USB.